dc.description.abstract | Existen diversas situaciones por las que un menor puede encontrarse en situación de
desamparo, sea por abandono, pérdida de familiares o tutores, suspensión de la
responsabilidad parental de los progenitores por situación de riesgo, entre otras. En todos los
casos, tal lo garantiza la “Convención sobre los Derechos del Niño” y la Ley Nacional 26.061
de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes”, el Estado deberá
resguardar los derechos y garantías de dichos menores. A tal fin, la misma establece en el
TÍTULO IV - “ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DE PROTECCIÓN DE DERECHOS” distintos
órganos, instituciones y figuras para ejecutar dichas garantías: el Sistema de Protección
Integral, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, el Consejo Federal de
Niñez, Adolescencia y Familia, y el Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes. Dicho sistema abarca así en sus misiones diferenciadas, tanto la promoción
de acciones y políticas activas para la protección de los derechos, su diseño, planificación y
efectivización de dichas políticas públicas en todo el ámbito de la República, así como la
misión concreta de proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes interponiendo
acciones. | es_ES |