Fideicomiso Inmobiliario : aspectos generales, disposición en el Código Civil y Comercial, análisis.
Abstract
El articulo 1666 del Código Civil y Comercial define al contrato de fideicomiso en estos
términos “Hay contrato de fideicomiso cuando una parte, llamada fiduciante, transmite o se
compromete a transmitir la propiedad de bienes a otras persona denominada fiduciario, quien
se obliga a ejercerla en beneficio de otra llamada Beneficiario, que se designa en el contrato, y
a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición al Fideicomiso.”
Si bien el andamiaje legislativo es saludable, trae consigo algunas soluciones que merecen una
observación particular, ya sea porque la materia resulte opinable o bien porque sus
consecuencias parezcan desacertadas.
A continuación analizare su articulado y su regulación legal.